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SES.HOSPEDAJES: qué es el parte de viajeros y cuándo tienes que enviarlo

Equipo Hospedya3 de julio de 20263 min de lectura

Todo alojamiento turístico en España — pisos, apartamentos, casas rurales, hoteles — tiene la obligación legal de comunicar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado quién se aloja en él. No es un trámite nuevo: existía ya con el registro de viajeros en papel. Lo que ha cambiado es el canal: SES.HOSPEDAJES, la plataforma del Ministerio del Interior por la que ahora se envía esa información en formato electrónico.

Qué es exactamente SES.HOSPEDAJES

SES.HOSPEDAJES es el sistema al que los hospedajes envían el llamado parte de viajeros: los datos de identidad de cada persona alojada, el contrato de arrendamiento y, si aplica, el vehículo con el que llega. La obligación está recogida en el Real Decreto 933/2021, y afecta a cualquiera que preste alojamiento con fines turísticos, con independencia del tamaño del negocio — una vivienda de uso turístico con un único propietario tiene la misma obligación que una cadena hotelera.

Qué datos hay que declarar

Por cada persona alojada mayor de 14 años, el parte recoge nombre completo, tipo y número de documento de identidad (DNI, NIE o pasaporte), nacionalidad, fecha de nacimiento, sexo, teléfono de contacto y firma. Por el hospedaje en sí, se declara el contrato: fecha de entrada y salida, número de personas y el titular de la reserva.

Un matiz que se pasa por alto con frecuencia: no basta con recoger estos datos en el momento del check-in. Hay que declararlos dentro de las 24 horas siguientes a la entrada del huésped, lo cual en la práctica significa tener el proceso resuelto — documento escaneado o fotografiado, datos introducidos, parte enviado — antes de que la fecha límite se convierta en una carrera contrarreloj entre reservas.

Cómo darte de alta

Antes de poder enviar ningún parte, el hospedaje necesita darse de alta como establecimiento en SES.HOSPEDAJES, lo que exige un código de arrendador asignado por el Ministerio del Interior. Ese código se solicita presencialmente en una comisaría de la Policía Nacional o puesto de la Guardia Civil, aportando la documentación que acredite la titularidad o gestión del alojamiento. Es un trámite que se hace una vez por establecimiento, no por reserva.

El error más habitual: pensar que es solo para hoteles

La percepción de que el parte de viajeros es "cosa de hoteles" es el motivo por el que más incumplimientos se dan entre anfitriones particulares. La obligación no depende de si gestionas una vivienda o cien: depende de si alojas a alguien a cambio de una contraprestación económica con fines turísticos. Un piso gestionado por su propietario sin ayuda de terceros tiene exactamente las mismas obligaciones — y las mismas sanciones por incumplirlas — que cualquier alojamiento gestionado profesionalmente.

Si gestionas varias propiedades o varios huéspedes al mismo tiempo, el cuello de botella no suele ser entender la normativa, sino no tener claro, reserva a reserva, a quién le falta todavía el DNI o el parte por enviar — que es exactamente el tipo de seguimiento que un panel de gestión centralizado está pensado para resolver.